Los ciudadanos españoles residentes en Colombia pueden otorgar poderes notariales con validez en España a través de la sección notarial de la Embajada de España en Bogotá. El proceso requiere cita previa y habitualmente dos visitas a la embajada.
El proceso habitual consta de dos visitas. En la primera visita se presenta la documentación, se redacta el poder y se abona la tasa consular. En la segunda visita el poderdante debe firmar ante el funcionario consular. La presencia personal en la firma es obligatoria e indelegable.
Como alternativa al consulado, es posible otorgar un poder ante un notario público colombiano y luego apostillarlo en la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR). Al ser ambos países firmantes del Convenio de La Haya, el poder apostillado tiene plena validez en España. Esta opción suele ser más ágil.
Necesitas: DNI o pasaporte español vigente, datos completos del apoderado (nombre completo, DNI y domicilio), y una descripción precisa de las facultades que quieres otorgar (vender un inmueble, gestionar una herencia, representarte ante organismos, etc.).
Vía consulado: cita en la Embajada de España en Bogotá, dos visitas, presencia obligatoria. Vía notario colombiano: poder ante notario + apostilla SNR, igualmente válido en España.
Pide cita en exteriores.gob.es para acto notarial en Bogotá. Prepara los datos del apoderado y la descripción del poder.
Presenta el DNI/pasaporte, los datos del apoderado y el alcance del poder. Abona la tasa consular. La embajada redacta el documento.
Preséntate personalmente para firmar ante el funcionario consular. La presencia es obligatoria e indelegable.
Acude a cualquier notaría colombiana, otorga el poder y apostíllalo en la SNR (superintendencianotariado.gov.co). Plenamente válido en España.
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